
● El C.C Los Molinos abre sus puertas únicamente para perros que porten siempre arnés o collar, con correa de máximo un metro, acompañados de un mayor de edad.
● Está prohibido el ingreso de hembras caninas en estado de celo.
● Una persona puede tener máximo dos perros.
● Los gatos y otras especies (conejos, mini pigs, serpientes, iguanas, etc), solo pueden ingresar en guacal, trasportín o bolso adecuado para transportarlos.
● Los perros catalogados como razas de manejo especial, según la ley 2054 del 2020, deben de portar bozal tipo canastilla o rejilla de manera permanente.
● Estos perros son: American Staffordshire Terrier, Bullmastiff, Doberman, Dogo Argentino, Dogo de Burdeos, Fila Brasilero, Mastín Napolitano, Pit Bull Terrier, American Pit Bull Terrier, Bull Terrier, De presa canario, Rottweiler, Staffordshire y Tosa Japonés.
● Los caninos solo podrán transitar por los pasillos, zona de comidas especial ubicada en el segundo piso y en los locales que lo permitan.
● Los responsables de los animales deben evitar que realicen sus necesidades fisiológicas en los lugares inadecuados, al presentarse una eventualidad de estas, es responsabilidad de sus propietarios – portar implementos para dejar la zona limpia. (Ley 746 de 2002, artículo 108-D).
● Los animales de apoyo emocional o intervención asistida (lazarillo), deben estar adecuadamente identificados en su arnés.
● Está restringida la estadía de caninos amarrados en el exterior de los establecimientos.
● Se prohíbe que los perros de un peso mayor a 10 kg usen las escaleras eléctricas, estos deben desplazarse por las escaleras fijas.
● En los ascensores solo puede estar una sola mascota, de lo contrario, los responsables del animal se harán cargo de cualquier riña, ataque o daños a terceros causado por parte de los animales de compañía bajo su cargo.
● En los vehículos estacionados en los parqueaderos está restringida la permanencia de caninos o felinos bajo ninguna circunstancia.
● Está restringido el ingreso de paseadores caninos con animales en función de paseo por las instalaciones.
● Si se evidencia algún tipo de maltrato, violencia física, abuso o trato cruel por parte de los responsables de los animales, se deberá abordar la situación de manera amigable y escuchar a su agresor, de no tener una respuesta positiva, se dará aviso de inmediato a las autoridades competentes.
● Está completamente restringido el ingreso de felinos domésticos en guacales, trasportín, bolsos o con arnés, también de aves, reptiles, conejos, hámsters, curíes, mini pigs o cualquier otro animal diferente a los caninos domésticos.
● Los responsables de los animales de compañía deben portar carnet de vacunación vigente, de lo contrario no podrán hacer uso del espacio.
● Todos los caninos sin excepción de raza o tamaño deben portar de manera permanente arnés o collar; adicional a esto siempre deben permanecer con correa o traílla no mayor a un metro mientras permanecen fuera de la zona exclusiva para el juego de los caninos.
● Los caninos siempre deben de ir guiados o dirigidos por medio de la traílla o correa por un adulto.
● Los perros catalogados como razas de manejo especial, según la ley 2054 del 2020, deben de portar bozal tipo canastilla o rejilla de manera permanente.
● Estos perros son: American Staffordshire Terrier, Bullmastiff, Doberman, Dogo Argentino, Dogo de Burdeos, Fila Brasilero, Mastín Napolitano, Pit Bull Terrier, American Pit Bull Terrier, Bull Terrier, De presa canario, Rottweiler, Staffordshire y Tosa Japonés.
● Los responsables de los animales de compañía deben de portar implementos de aseo del animal incluyendo recipientes para el consumo de agua.
● Es responsabilidad de los propietarios de los caninos recoger los residuos fisiológicos tanto en la zona de juego como en el exterior. (Ley 746 de 2002, artículo 108-D).
● En la zona de juego está restringido el ingreso de más de 10 caninos.
● Los encargados en servicio al cliente son quienes definen por tamaños y momento de llegada el ingreso a la zona de juego de los caninos.
● Está restringido en la zona de juego el uso de juguetes, pelotas, frisbee u otros implementos externos a los que la zona ofrece.
● El personal de servicio al cliente está capacitado para identificar caninos que detonen situaciones o problemas para otros animales o personas, y así sugerir el uso de la zona de juego en otro momento.
● Caninos con comportamiento agresivo se le atenderá y pedirá el retiro de la zona.
● Los responsables de los caninos se harán cargo de cualquier riña, ataque o daño causado por parte de los animales de compañía bajo su cargo.