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Reglamento para el ingreso y circulación de animales

Banner del reglamento de mascotas

     El C.C Los Molinos abre sus puertas únicamente para perros que porten siempre arnés o collar, con correa de máximo un metro, acompañados de un mayor de edad.

     Está prohibido el ingreso de hembras caninas en estado de celo.

     Una persona puede tener máximo dos perros.

     Los gatos y otras especies (conejos, mini pigs, serpientes, iguanas, etc), solo pueden ingresar en guacal, trasportín o bolso adecuado para transportarlos.

     Los perros catalogados como razas de manejo especial, según la ley 2054  del 2020, deben de portar bozal tipo canastilla o rejilla de manera permanente.

     Estos perros son: American Staffordshire Terrier, Bullmastiff, Doberman, Dogo Argentino, Dogo de Burdeos, Fila Brasilero, Mastín Napolitano, Pit Bull Terrier, American Pit Bull Terrier, Bull Terrier, De presa canario, Rottweiler, Staffordshire y Tosa Japonés.

     Los caninos solo podrán transitar por los pasillos, zona de comidas especial ubicada en el segundo piso y en los locales que lo permitan.

     Los responsables de los animales deben evitar que realicen sus necesidades fisiológicas en los lugares inadecuados, al presentarse una eventualidad de estas, es responsabilidad de sus propietarios – portar implementos para dejar la zona limpia. (Ley 746 de 2002, artículo 108-D).

     Los animales de apoyo emocional o intervención asistida (lazarillo), deben estar adecuadamente identificados en su arnés.

     Está restringida la estadía de caninos amarrados en el exterior de los establecimientos.

     Se prohíbe que los perros de un peso mayor a 10 kg usen las escaleras eléctricas, estos deben desplazarse por las escaleras fijas.

     En los ascensores solo puede estar una sola mascota, de lo contrario, los responsables del animal se harán cargo de cualquier riña, ataque o daños a terceros causado por parte de los animales de compañía bajo su cargo.

     En los vehículos estacionados en los parqueaderos está restringida la permanencia de caninos o felinos bajo ninguna circunstancia.

     Está restringido el ingreso de paseadores caninos con animales en función de paseo por las instalaciones.

     Si se evidencia algún tipo de maltrato, violencia física, abuso o trato cruel por parte de los responsables de los animales, se deberá abordar la situación de manera amigable y escuchar a su agresor, de no tener una respuesta positiva, se dará aviso de inmediato a las autoridades competentes. 

Zona de caninos

     Está completamente restringido el ingreso de felinos domésticos en guacales, trasportín, bolsos o con arnés, también de aves, reptiles, conejos, hámsters, curíes, mini pigs o cualquier otro animal diferente a los caninos domésticos.

     Los responsables de los animales de compañía deben portar carnet de vacunación vigente, de lo contrario no podrán hacer uso del espacio.

     Todos los caninos sin excepción de raza o tamaño deben portar de manera permanente arnés o collar; adicional a esto siempre deben permanecer con correa o traílla no mayor a un metro mientras permanecen fuera de la zona exclusiva para el juego de los caninos.

     Los caninos siempre deben de ir guiados o dirigidos por medio de la traílla o correa por un adulto.

     Los perros catalogados como razas de manejo especial, según la ley 2054  del 2020, deben de portar bozal tipo canastilla o rejilla de manera permanente.

     Estos perros son: American Staffordshire Terrier, Bullmastiff, Doberman, Dogo Argentino, Dogo de Burdeos, Fila Brasilero, Mastín Napolitano, Pit Bull Terrier, American Pit Bull Terrier, Bull Terrier, De presa canario, Rottweiler, Staffordshire y Tosa Japonés.

     Los responsables de los animales de compañía deben de portar implementos de aseo del animal incluyendo recipientes para el consumo de agua.

     Es responsabilidad de los propietarios de los caninos recoger los residuos fisiológicos tanto en la zona de juego como en el exterior. (Ley 746 de 2002, artículo 108-D).

     En la zona de juego está restringido el ingreso de más de 10 caninos.

     Los encargados en servicio al cliente son quienes definen por tamaños y momento de llegada el ingreso a la zona de juego de los caninos.

     Está restringido en la zona de juego el uso de juguetes, pelotas, frisbee u otros implementos externos a los que la zona ofrece.

     El personal de servicio al cliente está capacitado para identificar caninos que detonen situaciones o problemas para otros animales o personas, y así sugerir el uso de la zona de juego en otro momento.

     Caninos con comportamiento agresivo se le atenderá y pedirá el retiro de la zona.

     Los responsables de los caninos se harán cargo de cualquier riña, ataque o daño causado por parte de los animales de compañía bajo su cargo.

Lunes a sábado
Zona de comercio: 10:00 a.m. a 9:00 p.m
Zona de comidas: 11:00 a.m. a 10:00 p.m
Domingos y festivos
Zona de comercio: 11:00 a.m. a 8:00 p.m.
Zona de comidas: 11:00 a.m. a 9:00 p.m.
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